Martes, julio 9, 2019

Aprobado en la Sala de la Cámara de Diputados: Avanza proyecto que endurece penas para el contrabando del tabaco y otros productos que dañen la salud

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó hoy por mayoría el proyecto de ley que aumenta las penas para el contrabando del tabaco. La iniciativa ingresó este año al Congreso como una moción de la diputada Paulina Núñez y del diputado Ramón Galleguillos, la que modifica la Ordenanza de Aduanas en materia de sanciones al contrabando de tabaco y otros productos que dañen la salud de las personas y el medio ambiente, el cual fue objeto de indicaciones del Ejecutivo.

“Desde el Ministerio de Hacienda y especialmente en conjunto con el Servicio Nacional de Aduanas hemos estimado que se trata de un importante proyecto de ley que sin duda como Ejecutivo estamos apoyando. Tal es así que durante su tramitación presentamos en la Comisión de Hacienda una indicación que venía a establecer mecanismos que dieran coherencia al aumento de las penas que se estaba proponiendo”, explicó el Subsecretario de Hacienda, Francisco Moreno, en el marco del debate de la iniciativa en la Sala de la Cámara Baja.

La autoridad señaló que el ejecutivo está preocupado por el aumento en el contrabando de cigarrillos. En el año 2015 el número de especies incautadas por el Servicio Nacional de Aduanas alcanzó a los 516 mil cartones, con una evasión fiscal que alcanzó a los US$ 18,1 millones de dólares, mientras que en 2018 se incautaron 1.074.000 cartones que se valoran en US$ 44 millones, un importante aumento.

Las indicaciones del Ejecutivo al proyecto apuntan a 4 ejes:

1       Establecer que, para la tipificación de los delitos y la aplicación de las multas, en las mercaderías sujetas a tributación especial, como los cigarrillos, para los delitos de contrabando y fraude, el valor aduanero sea equivalente al valor de la mercadería, el flete y los seguros (valor CIF) + el valor de los impuestos, tasas y gravámenes que correspondan. Así, la forma de determinar las penas, en el caso de los cigarrillos, se asemeja más a la forma de determinar las penas en el contrabando de mercaderías que no tienen una carga impositiva tan alta. De esta forma se busca evitar que contrabandos grandes, de más de 2 mil cajetillas de cigarrillos, sean considerados contrabandos pequeños, y sean sancionados con multas bajas.

2       Reponer la sanción penal al contrabando de especies de un valor menor a 10 UTM, aplicándole en principio sólo una pena de multa de una a cinco veces el valor de las mercancías. En caso de reincidencia en esta conducta, se aplicará la misma multa, y una pena de presidio menor en su grado mínimo. Así, se vuelve a penalizar esta conducta, pero, considerando la discusión efectuada en la Comisión de Hacienda, se le aplica una sanción menor a la que se proponía para contrabandos de mercaderías por un valor entre 0 y 25 UTM, dejando sólo la pena corporal, para los casos de reincidencia.

3       Establecer que, en el caso de mercaderías sometidas a tributación especial cuyo valor sea inferior a 10 UTM, Aduanas pueda renunciar al ejercicio de la acción penal, cuando el contribuyente pague una multa, tal como ocurre en caso del contrabando de mercancías que no están sujetas a tributación especial o adicional. En este caso la multa estará constituida por el valor aduanero de las mercancías más los impuestos, tasas y gravámenes que proceda aplicar. De esta forma se permite que Aduanas pueda dar una salida administrativa para los casos de contrabandos menores a 10 UTM, con una multa más alta que la multa administrativa vigente (0,8% del valor CIF de las mercaderías v/s 1 vez el valor CIF de las mercaderías + impuestos, tasas y gravámenes).

4       Establecer que, en caso de reincidencia en el contrabando de mercaderías sobre 10 UTM, o contrabando de mercadería sujeta a tributación especial, como los cigarrillos, la pena corporal aumente en un grado. De esta forma, se desalienta la formación de bandas que se dediquen al contrabando, ya que la reincidencia, además de un aumento en la sanción pecuniaria, tendrá una mayor sanción penal.

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