Senado inicia tramitación del proyecto que crea Registro de Beneficiarios Finales
- Ministro Marcel recalcó: “Al identificar los beneficiarios finales se pueden rastrear actividades ilícitas, además de evitar el uso indebido de figuras jurídicas para defraudar”.
- Además, la propuesta considera las recomendaciones de organismos nacionales e internacionales relacionadas a esta materia.
Este martes, con la asistencia del ministro de Hacienda, Mario Marcel, y la subsecretaria de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), Macarena Lobos, la Comisión de Hacienda del Senado inició el proceso de tramitación del proyecto de ley que crea un Registro de Personas Beneficiarias Finales, iniciativa que fue anunciada y presentada a finales de 2023, cuyo objetivo es entregar mayor transparencia a quienes realizan negocios en Chile, ya sea con el Estado o entre privados. Este proyecto forma parte del fast track concordado entre el Gobierno y el Congreso para agilizar la tramitación de 21 proyectos de ley.
A través de este proyecto, se considera la creación de este Registro para combatir la corrupción y el crimen organizado, prevenir el lavado de activos y financiamiento del terrorismo, evitar el uso indebido de figuras jurídicas para defraudar, colaborar con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y permitir el cumplimiento y otras obligaciones legales, tales como el pago de las pensiones de alimentos. La administración de este registro estará a cargo del Servicio de Impuestos Internos.
“Este es un proyecto que busca generar transparencia en la información para efectos de identificar y, eventualmente, perseguir hechos dolosos. Por esa vía se puede combatir el crimen organizado, prevenir la corrupción, la cooptación y el conflicto de intereses de las instituciones públicas, junto con favorecer el aumento de la cooperación y la coordinación para evitar blanqueos de capitales”, explicó el ministro Marcel.
Conforme a las disposiciones del proyecto, estarán obligados a reportar información los beneficiarios finales de las personas jurídicas. Las entidades sin personalidad jurídica también tendrán esta obligación, aunque tratándose de asociaciones sin fines de lucro, sólo deberán informar en el caso que contraten con el Estado a cualquier título o reciban transferencias del Estado, tales como clubes, centros de estudiantes, de padres, de deportes, juntas de vecinos y otras organizaciones. En cuanto a los fondos de inversión, los administradores deberán proporcionar información sobre los fondos que gestionan.
Asimismo, deberán declarar las personas naturales con domicilio o residencia en Chile que sean constituyentes (“settlor”), administradores (“trustee”) o beneficiarios de un trust, fideicomiso, fundación de interés privado u otras estructuras fiduciarias.
Se exceptúan de esta obligación, entre otros, los empresarios individuales, los miembros de comunidades de copropietarios y los aportantes a fondos de pensiones.
De acuerdo a la nueva norma, un beneficiario final se define como cualquier persona natural, ya sea chilena o extranjera, con o sin domicilio en Chile, que tenga una participación directa o indirecta del 10% o más en el capital, aporte, derechos de voto o veto de una entidad sujeta a declaración; que pueda nombrar o destituir a la mayoría de los directores o administradores de una entidad obligada a informar; que ejerza control efectivo sobre dicha entidad; o que tenga derecho, directa o indirectamente, al 10% o más de los beneficios de un trust, fideicomiso, fundación de interés privado u otra entidad fiduciaria.
El proyecto contempla que deben reportar información los representantes legales de las personas jurídicas, quienes dirijan o administren entidades sin personalidad jurídica obligadas a informar, y las personas naturales con la calidad de constituyente, administrador o beneficiario de un trust, fideicomiso, fundación de interés privado u otras estructuras fiduciarias.
“Al identificar los beneficiarios finales se pueden rastrear actividades ilícitas, además de evitar el uso indebido de figuras jurídicas para defraudar, transparentando estructuras de gobierno corporativo. Esto garantiza que los recursos se utilicen de manera adecuada y que no haya simulaciones, abusos, malversación de fondos u otras figuras al margen de la ley. Además, esta iniciativa colabora con el cumplimiento de las obligaciones tributarias, al conocer la identidad de los beneficiarios finales y así —por esa vía— identificar prácticas de elusión o evasión de impuestos junto con asegurar el cumplimiento de otras obligaciones legales”, detalló el ministro Marcel ante la comisión.
Recomendaciones internacionales
Esta iniciativa ha sido recomendada por diversas entidades internacionales, tales como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC), el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y el Foro Global sobre transparencia e intercambio de información para fines tributarios de la OCDE. Tales recomendaciones instan a los Estados a promover la transparencia en las entidades privadas, con la finalidad de evitar el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Asimismo, el Registro de Beneficiarios Finales servirá como herramienta para avanzar en programas de Gobierno como la primera Estrategia Nacional de Integridad Pública; la Agenda de Modernización del Estado; y el tercer Plan de Acción 2023 – 2027 de la Estrategia Nacional contra Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de destrucción masiva.