Domingo, enero 19, 2025

Reforma previsional: Comisión de Trabajo del Senado aprueba el Seguro Social y reduce a mujeres el umbral de acceso al beneficio por año cotizado

  • La instancia visó el nuevo aporte de 7% de la renta imponible, que será de cargo de los empleadores. 
  • Además, se votaron los límites a las comisiones de intermediación que pagan las AFP con cargo a los fondos de pensiones por realizar inversiones a través de terceros. 
     

La Comisión de Trabajo y Previsión del Senado aprobó este domingo la creación del Seguro Social y los beneficios que este entregará, ambas iniciativas que contempla la reforma de pensiones que presentó el Gobierno del Presidente Gabriel Boric. Asimismo, la instancia visó la nueva cotización de los empleadores, que será de un 7% adicional de la renta imponible, y su distribución. 


La instancia sancionó también la baja del umbral para que las mujeres accedan al beneficio de 0,1 UF por año cotizado, pasando desde los 13 años a 10 años, lo que se aplicará durante una década, para luego aumentar a un mínimo de 15 años, con el objetivo de incentivar la formalidad laboral. 


Respecto de la nueva cotización del empleador y el Seguro Social, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, señaló que “se ha aprobado la parte más importante. Este mecanismo de seguridad social es el que va a permitir que suban las pensiones de los actuales y de los futuros jubilados”. Agregó que “se ha aprobado la parte más sustantiva de este proyecto de ley, que repone la cotización de los empleadores después de 43 años, que crea un Seguro Social en un sistema que ha sido exclusivamente individual y se apoya a los actuales y futuros pensionados, sobre todo, con una mirada puesta en las mujeres”. 


De todos modos, puntualizó que todavía hay temas pendientes que se resolverán en una próxima sesión de la Comisión de Trabajo. Entre ellos, las comisiones que se cobran a los cotizantes, de modo que tengan premios y castigos para los inversores en caso de que haya rentabilidad positiva o pérdida de los fondos; y la licitación del stock de afiliados, medida que tiene el objetivo de disminuir las comisiones. 


Respecto del aporte a la cotización por parte del empleador de 7%, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, explicó que “con la creación de este aporte de los empleadores aumentará significativamente la base de contribuciones al sistema de pensiones, que es lo que se requiere para poder sustentar beneficios más amplios de lo que hoy día ofrece”. 


La autoridad, además, abordó las dudas respecto a la sostenibilidad de los beneficios del Seguro Social y sostuvo que en esta discusión “lo primero que uno tiene que constatar es que hay una base de aportes al sistema que crece. No son los mismos aportes que tenemos hoy día. Una parte son estos 8,5%, de los cuales hay 1,5% que ya existe y los siete puntos adicionales del empleador, y la otra parte es el aporte fiscal al Fondo de Seguro Social. Es importante tener clara esa ecuación, porque si uno se olvida o hace abstracción de los aportes adicionales del sistema, por supuesto que tendría que preocuparse mucho por la sostenibilidad de los beneficios, pero desde del momento en que hay un incremento significativo en esas contribuciones, lleva a que el Fondo sea sostenible en el tiempo para financiar los beneficios que se agregan, particularmente en el caso del Seguro Social".


Cabe recordar que el miércoles de esta semana, la Comisión de Trabajo del Senado aprobó la idea de legislar de la reforma previsional. Esto, luego de que el Ejecutivo ingresara una serie de indicaciones que recogen los acuerdos alcanzados con parlamentarios de oficialismo y parte mayoritaria de la oposición. Al día siguiente, en tanto, visó los primeros contenidos en particular, como la ampliación del Seguro de Lagunas; el mecanismo simplificado de cotización para trabajadores independientes no obligados a hacerlo; y la extensión del universo de afiliados voluntarios a los que terceros les pueden cotizar.


En tanto, ayer la instancia aprobó, entre otras, la indicación que permite al Instituto de Previsión Social (IPS) prestar servicios de soporte a las AFP, las que tendrán la facultad de subcontratar esa función. También se votó fortalecer la regulación respecto de la publicad de las administradoras y transitar desde el actual esquema de multifondos a uno de Fondos Generacionales, entre otros cambios. 


Una vez que el proyecto de ley sea despachado por la Comisión de Trabajo de la Cámara Alta, será visto por la Comisión de Hacienda y, posteriormente, por la Sala de la misma corporación. El paso siguiente será el tercer trámite constitucional en la Cámara de Diputados.

Seguro Social


En la actualidad, en el régimen previsional de pensiones, prácticamente la totalidad de los aportes recaen en trabajadores y trabajadoras, quienes cotizan por el 10% de sus remuneraciones imponibles. En tanto, los empleadores realizan un aporte en torno al 1,5% de la remuneración imponible del trabajador para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). 


Con la propuesta acordada por el Ejecutivo y los parlamentarios, aprobada hoy por la Comisión de Trabajo del Senado, se fortalece ese aporte permanente de los empleadores. A ese 1,5% que ya contribuyen para el SIS, la reforma agrega una nueva cotización de los empleadores de 7% de la remuneración imponible.

 
Con esta nueva cotización de 7% se fortalecerá el ahorro individual, para mejorar las pensiones futuras, y se creará un Seguro Social que entregará beneficios para mejorar las pensiones de los actuales jubilados, compensará a las mujeres por su mayor expectativa de vida, administrará una cotización con rentabilidad garantizada e incorporará el actual Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. Esta nueva cotización se aplicará gradualmente en un plazo de 9 años para acotar el efecto en las Pymes y el empleo.  


Así, la cotización total del empleador (considerando el 1,5% actual del SIS y la nueva cotización de 7%) será de 8,5% y tendrá la siguiente estructura:

  • 2,5% al SIS. Estará compuesto del 1,5% que actualmente paga el empleador y 1% proveniente de la nueva cotización del empleador, de 7%. Con esto se financiarán las prestaciones habituales del SIS —invalidez y sobrevivencia— y la nueva compensación a mujeres por mayor expectativa de vida. El SIS pasará a ser parte del Seguro Social. La compensación a mujeres por la mayor sobrevida resultará en que una mujer y un hombre que se jubilan a los 65 años con el mismo ahorro e igual grupo familiar obtengan la misma pensión, con un valor mínimo de 0,25 UF (aproximadamente $10.000 mensuales).
  • 1,5% de Cotización de Rentabilidad Protegida, que también será administrado por el Seguro Social, con el que se financiará, entre otras prestaciones, el beneficio de 0,1 UF por año cotizado. El beneficio por año cotizado tendrá un tope de 25 años cotizados (2,5 UF). Aunque inicialmente las indicaciones ingresadas el miércoles apuntaron a que el requisito para acceder a este beneficio sería de 13 años para las mujeres y de 20 años para los hombres, este domingo se modificó el umbral para el caso de las mujeres, bajándolo a 10 años en el transcurso una década, para luego aumentarlo a 15 años. Esto permitirá que el beneficio alcance 544.000 mujeres, equivalente al 62% del universo de pensionadas. El beneficio por año cotizado se aplicará íntegramente por los primeros 20 años y de modo decreciente por los siguientes 10. La Cotización con Rentabilidad Protegida será integrada a la pensión del trabajador a cuyo nombre se hayan efectuado las cotizaciones una vez que este se pensione, incrementado con correspondientes intereses y reajustes.
  • 4,5% a ahorro individual para mejorar las pensiones futuras. De este modo, el Seguro Social será receptor de cuatro puntos porcentuales del total aportado por el empleador (8,5% de la remuneración imponible). La implementación de la nueva cotización de 7% de la renta imponible se iniciará progresivamente al quinto mes de publicada la ley y se irá integrando en una gradualidad de nueve años. 

Otras modificaciones


La Comisión de Trabajo también aprobó poner límite a las comisiones de intermediación que pagan las AFP con cargo a los fondos de pensiones, cuando invierten a través de terceros. Así, no podrán pagarse con cargo a los fondos comisiones a vehículos de inversión o mandatarios que inviertan más de un 10% en emisores nacionales transables en mercados públicos, a excepción de inversiones de baja o mediana capitalización. 
Del mismo modo, se visaron cambios al Consejo Técnico de Inversiones, cuya labor es elaborar informes, propuestas y pronunciamientos respecto de las inversiones de los fondos de pensiones. La principal modificación es en la composición del Consejo, sustituyendo al consejero que actualmente es elegido por las AFP por uno seleccionado por el Banco Central.
 

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